¿Qué es la pernocta y en qué se diferencia de acampar?
La pernocta es la acción de pasar la noche en un lugar distinto del domicilio. En autocaravana, es dormir dentro del vehículo estacionado.
También: pernoctar · estancia de una noche
El sustantivo viene del verbo pernoctar, que significa pasar la noche en algún sitio, sobre todo fuera de casa. En turismo se usa además como unidad de medida: una pernoctación es una noche de una persona en un alojamiento. Dos personas que se quedan tres noches suman seis pernoctaciones.
En el mundo de la autocaravana la palabra tiene un uso más concreto. Pernoctar es dormir dentro del vehículo. La duda habitual de quien viaja es si puede hacerlo en cualquier sitio donde esté permitido aparcar. La respuesta depende de la diferencia entre estacionar y acampar.
La Dirección General de Tráfico lo aclara en su Instrucción PROT 2023/14 sobre autocaravanas, que sustituyó a la anterior Instrucción 08/V-74. Según ese texto, estacionar es una maniobra regulada por la normativa de tráfico. Acampar es una actividad regulada por la normativa de turismo. La instrucción señala que es irrelevante que los ocupantes estén dentro del vehículo mientras este se encuentre correctamente estacionado.
La instrucción considera que la autocaravana está estacionada cuando se cumplen tres condiciones. El vehículo solo toca el suelo con las ruedas, sin patas estabilizadoras, aunque admite los calzos previstos en el reglamento de circulación. No ocupa más superficie que la que ocupa cerrado, es decir, sin toldos, sillas, mesas ni elementos desplegados. Y no emite fluidos ni ruidos al exterior.
Si se incumple alguna de esas condiciones, ya no se trata de un estacionamiento. Sacar la mesa, abrir el toldo o verter aguas grises sitúa la situación en el terreno de la acampada, que solo se permite en los lugares autorizados para ello.
Un ejemplo ilustrativo: una autocaravana aparca a las 21:00 en una plaza de un aparcamiento público sin límite horario. Sus ocupantes cenan y duermen dentro, con todo cerrado, y se marchan a las 8:00. Según el criterio de la DGT, eso es estacionar. Si esa misma noche bajan las patas, abren el toldo y sacan dos sillas, la situación cambia.
Hay tres matices que conviene conocer. La instrucción es un criterio interpretativo de la DGT y no tiene rango de ley. Los ayuntamientos pueden limitar el estacionamiento mediante ordenanza, por ejemplo por dimensiones, por masa o por tiempo, siempre sin discriminar por tipo de vehículo. Y en espacios con protección específica, como el dominio público de la costa o los espacios naturales, rigen normas propias más restrictivas. Antes de pasar la noche conviene mirar la señalización y la ordenanza municipal.
De ahí salen varios términos. Una zona o área de pernocta es un espacio habilitado para que las autocaravanas pasen la noche, a veces con límite de horas. Un área de autocaravanas añade servicios de agua y vaciado. Un camping permite acampar en sentido pleno, con toldo, mesa y avance.
Para quien gestiona un recinto la distinción también cuenta. Un área que cobra por la pernocta actúa como alojamiento y debe registrar a los viajeros conforme al Real Decreto 933/2021.
Pernocta es también el nombre de este programa de gestión para áreas de autocaravanas, campings y camper parks.

